ACUERDOS ASAMBLEA GENERAL 2017

 
   
 
 
 Recuperar claves
Inicio > Sobre ASEMAS > Noticias > ACUERDOS ASAMBLEA GENERAL 2017
X
Procesando

procesando

ACUERDOS ASAMBLEA GENERAL 2017

07/07/2017
Seguros
La Asamblea General de Mutualistas de ASEMAS se celebró el 23 de junio de 2017 en Bilbao. conforme a lo previsto en los Estatutos de ASEMAS.

A continuación, se destaca un resumen de los acuerdos que afectan a todo el colectivo de Mutualistas.

A dicha ASAMBLEA asistieron 1007 mutualistas entre presentes y representados.

ASEMAS agradece el esfuerzo e interés de todos y cada uno de ellos, tanto a aquellos que acudían a título personal como a los que representaban a nuestras instituciones profesionales (Decanos de Colegios Profesionales de Arquitectos o Presidentes de Delegación).

Destaca, nuevamente, el hecho de que se hayan aprobado por unanimidad las Cuentas Anuales, la gestión social del Consejo de Administración y la aplicación del resultado correspondiente al ejercicio 2016.

ACUERDOS DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ASEMAS CELEBRADA EL 23 DE JUNIO 2017

ACUERDO Nº A.G. 2017-01:

"Aprobar las Cuentas Anuales del Ejercicio 2016 de ASEMAS y su grupo consolidado, que comprenden el Balance, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, el Estado de flujos de efectivo, el Estado de cambios en el patrimonio neto y la Memoria; el Informe de Gestión del Ejercicio 2016 y toda la documentación legalmente exigible, así como la gestión social por parte del Consejo de Administración."

ACUERDO Nº A.G. 2017-02:

1. Distribuir el resultado del ejercicio 2016 conforme a:
Resultado del Ejercicio 2016: 14.313.354,75 euros
Reserva de estabilización a cuenta: -
Resultados negativos de ejercicios anteriores: -
Otras reservas: 14.313.354,75 euros

ACUERDO Nº A.G. 2017-03:

"Actualizar la remuneración de los Consejeros (dietas de asistencia a reuniones de los Órganos de Gobierno, retribución por horas de dedicación) de acuerdo a la tasa de variación anual del IPC correspondiente al mes de diciembre de 2016, es decir el 1,6 %. Adicionalmente, conforme al Artículo 217 de la Ley de Sociedades de Capital, aplicar esa misma actualización del 1,6% y proponer un importe máximo de la remuneración anual de 396.445,65 ¿."

ACUERDO Nº A.G. 2017-04:

"Se acuerda la devolución de las aportaciones al fondo mutual efectuadas por los mutualistas que han causado baja en la mutua en el ejercicio 2016, en la cuantía que no hubiera sido consumida en cumplimiento de la función específica de fondo mutual, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.2 f) de la Ley 30/1995, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados (Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre expresamente vigente conforme a la disposición derogatoria de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.) y 9.8 de los Estatutos de la Mutua.

La cuantía que, en su caso, no hubiera sido consumida en cumplimiento de la función específica del fondo mutual se determinará por el Consejo de Administración atendiendo al nivel de fondos propios y necesidades globales de solvencia de la mutua que resulten del informe de evaluación interna de riesgos y solvencia correspondiente a 2016.

La devolución de las aportaciones al fondo mutual a los mutualistas que han causado baja en la mutua en el año 2016, que en su caso procedan, serán hechas efectivas dentro de los treinta días siguientes a la aprobación por el Consejo de Administración del citado informe de evaluación interna de riesgos y solvencia correspondiente a 2016."

ACUERDO Nº A.G. 2017-05:

"Reconocer a las cuotas de ingreso, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.8 y 40 de los estatutos el mismo carácter reintegrable que al resto de las aportaciones al fondo mutual y, por consiguiente, acordar su devolución a los mutualistas que han causado baja en la mutua en el ejercicio 2016, en la cuantía que no hubiera sido consumida en cumplimiento de su función específica.

La cuantía que, en su caso, no hubiera sido consumida en cumplimiento de la función específica del fondo mutual se determinará por el Consejo de Administración atendiendo al nivel de fondos propios y necesidades globales de solvencia de la mutua que resulten del informe de evaluación interna de riesgos y solvencia correspondiente a 2016.

La devolución de las aportaciones al fondo mutual a los mutualistas que han causado baja en la mutua en el año 2016, que en su caso procedan, serán hechas efectivas dentro de los treinta días siguientes a la aprobación por el Consejo de Administración del citado informe de evaluación interna de riesgos y solvencia correspondiente a 2016."

ACUERDO Nº A.G. 2017-06:

"No aplicar, para las pólizas de Responsabilidad Civil, ningún porcentaje de Aportación al Fondo Mutual durante el Ejercicio 2018."

ACUERDO Nº A.G. 2017-07:

"Reelegir a la empresa PricewaterhouseCoopers Auditores S.L. con C.I.F. B-79031290, y domicilio social en Paseo de la Castellana nº 259 B en Madrid, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, en el Tomo 9.267, del Libro 6.054, folio 75, sección 3ª, hoja número 80.250-1, y en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas con el nº S0242, como auditores de cuentas de la Entidad y su grupo consolidado, por un periodo de un año, esto es, el ejercicio 2017, rescindible por causa justa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 264 de la Ley de Sociedades de Capital."

ACUERDO Nº A.G. 2017-08:

"Proclamar los siguientes cargos electos:

VOCAL Nº 4, con mandato hasta 2022: D. Maximiliano Valero Padilla
VOCAL Nº 6, con mandato hasta 2022: D. Javier Sánchez Sánchez
VOCAL Nº 13, con mandato hasta 2022: D. Angel Arellano Abad
VOCAL Nº 14, con mandato hasta 2022: D. Fernando Juan Samper

Todos los electos aceptan su cargo y reúnen los requisitos exigidos para el ejercicio del mismo en el Art.15º del Real Decreto Legislativo 6/2004 de 29 de octubre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, haciendo constar que no se hallan incursos en incompatibilidad estatutaria ni legal alguna."

ACUERDO Nº A.G. 2017-09:

"Facultar al Secretario del Consejo de Administración para que otorgue cuantos instrumentos públicos sean precisos para la formalización, ejecución e inscripción de los acuerdos adoptados en esta Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria, incluyendo la facultad de otorgar cuantas escrituras de subsanación, aclaración y rectificación sean necesarias hasta conseguir su total y definitiva inscripción en el registro mercantil."
Su privacidad es importante para nosotros. Utilizamos cookies propias y de terceros para analizar y mejorar nuestro servicio, para realizar análisis estadísticos, la autenticación de la sesión de usuario y mostrarle publicidad acorde a sus preferencias de navegación. Pulse [Aquí] para obtener más información. Puede aceptar todas las cookies pulsando el botón “Aceptar” y puede cambiar la configuración, o rechazar su uso, pulsando [Configurar cookies] o en nuestra Política de Cookies en este sitio web.