Con carácter excepcional y clausurando su 40 aniversario, además de la bonificación de la prima fija notificada con anterioridad, ASEMAS ha querido premiar la permanencia de los mutualistas que la han acompañado en esta efeméride. Por este motivo y en agradecimiento, ASEMAS ha acordado aplicar también una
BONIFICACIÓN extraordinaria en la PRIMA VARIABLE devengada y pagada en 20241.
Disfrutarán de esta bonificación todos los mutualistas con póliza de RCP en vigor a 1 de enero de 2025 y que a dicha fecha se encuentren al corriente del pago de primas.
El pago de la bonificación extraordinaria se llevará a cabo antes de la finalización del
primer trimestre de 2025 mediante ingreso del importe de la bonificación en la cuenta bancaria donde el mutualista tenga domiciliados sus recibos de prima.
Se establece un importe mínimo bonificado de 10 € para tener derecho al cobro de esta bonificación.
En el caso de
pólizas anuales renovables de Responsabilidad Civil Profesional, el importe bonificado será igual al
25% de las primas variables devengadas y pagadas en 20242.
En el caso de
pólizas a largo plazo (PLP) de Responsabilidad Civil Profesional, el importe bonificado será igual
al 12,5% de la prima devengada y abonada correspondiente a los Avances incluidos en la declaración recapitulativa de la actividad del asegurado durante 2024, con independencia del año en el que se hubiera presentado el correspondiente DRL/DRLS/DRN.
1. En ningún caso serán objeto de bonificación las primas pagadas con ocasión de procesos de inspección ni las correspondientes a las obras realizadas antes de adquirir la condición de mutualista y declaradas con ocasión del alta o reingreso en la Mutua.
2. No darán, por tanto, derecho a bonificación los recibos fraccionados de prima que habiendo sido pagados en 2024 correspondan a primas devengadas con anterioridad ni los recibos fraccionados de prima que, aún correspondiendo a primas devengadas en 2024, no hayan sido pagados durante dicho año.