La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones ha emitido Resolución, de fecha 31 de mayo de 2016, por la que se aprueba la modificación de la cláusula de indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros de las pérdidas derivadas de acontecimientos extraordinarios en seguros de personas y de daños en los bienes y vehículos a motor.
Estas nuevas cláusulas tienen vigencia a partir del 1 de julio de 2016.
Se adjunta los textos completos en los que se recogen ambas.
No suponen un cambio sustancial en lo que a las condiciones de su póliza respecta.
Únicamente afecta a los posibles siniestros producidos por acontecimientos extraordinarios acaecidos en España y que, conforme a la ley, deben ser pagados por el Consorcio de Compensación de Seguros. Se modifican parte de las condiciones aplicables y del procedimiento de comunicación al consorcio.
ASEMAS, conforme a la resolución previamente indicada está obligada a notificar dichos cambios.