La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones ha emitido Resolución, de fecha 28 de marzo de 2018, por la que se aprueban los recargos en favor del Consorcio de Compensación de Seguros en materia de seguro de riesgos extraordinarios a satisfacer obligatoriamente por los asegurados, la cláusula de cobertura a insertar en las pólizas de seguro ordinario y la información a facilitar por las entidades aseguradoras relativa a las pólizas incluidas en el régimen de riesgos extraordinarios.
Esta resolución surtirá efecto desde el 1 de julio de 2018.
Se adjunta el texto completo en el que se recoge.
No suponen un cambio sustancial en lo que a las condiciones de su póliza respecta.
Únicamente afecta a los posibles siniestros producidos por acontecimientos extraordinarios acaecidos en España y que, conforme a la ley, deben ser pagados por el Consorcio de Compensación de Seguros. Se modifican parte de las condiciones aplicables y del procedimiento de comunicación al consorcio.
ASEMAS, conforme a la resolución previamente indicada está obligada a tener disponibles las nuevas cláusulas en su página web.